La nueva Ley Fintech —que actualmente está en su fase de implementación— supone una serie de cambios e innovaciones al sistema financiero, así como una mayor competencia para la industria. Pero con ella se suman también nuevos términos y conceptos que cada vez son más habituales, y por tanto conviene estar al día sobre ellos, pues en otros países ya son bastantes cotidianos, muchos de ellos en inglés. “El Mercurio” invitó a expertos para definir algunos términos y responder las interrogantes sobre la nueva ley.
A continuación el abogado y socio de Dentons, Ignacio Pera; Carolina Veas, abogada y socia de CMS Carey & Allende, y Nicolás Jaramillo, cofundador de Arch.finance, abordan el reto:Fintech: Empresas que mediante el uso de tecnología (internet, blockchain, smartphones) agregan valor (agilidad, confiabilidad, comodidad) a la prestación de servicios financieros.
Open Finance: Modelo de intercambio de información, que está sujeto al consentimiento del cliente, entre los prestadores de servicios financieros.
Open Banking: El modelo de banca abierta busca que la información pública, agregada y transaccional de las entidades así como de los usuarios, pueda ser intercambiada, para promover mayor competencia entre los intermediarios y ofrecer productos y servicios a la medida de los usuarios.
Wallets o billeteras digitales: (IP) Aplicaciones que almacenan virtualmente tarjetas de pago, permitiendo pagar presencialmente sin contacto (por ejemplo, mediante un QR) o virtualmente mediante un link o QR.
API: Mecanismo que permite y establece cómo dos o más aplicaciones de software se comunican o interactúan entre sí. Es una especie de “puente de comunicación” que se utiliza para capturar información o iniciar pagos.
Web scraping: Es una técnica de captura de información ejecutada por un prestador de servicios financieros, mediante el uso de credenciales bancarias aportadas por un cliente, para la prestación de un servicio.
Finanzas embebidas: Son todos los servicios financieros que encuentra el cliente en una plataforma que originalmente no estaba destinada a la provisión estos. Desde la perspectiva del oferente, apunta a la posibilidad que tiene un prestador de servicios no financieros de agregar, a su oferta dichos servicios.
Blockchain: Tipo de base de datos en que la información es guardada en bloques que están “linkeados” uno a otro gracias a criptografía. Además, las cadenas de bloques se copian en muchos computadores que deben estar de acuerdo sobre cuál es la copia original. Así, resulta complejo alterar la información contenida en blockchain.
Crowdfunding: Estrategia que permite obtener financiamiento para empresas y proyectos tanto en forma de deuda como de capital de manera descentralizada y que prescinde de los intermediarios financieros como bancos. Se caracteriza por la obtención de fondos en línea y busca un elevado número de acreedores o inversionistas.
Neobank: Este concepto hace referencia a lo que se conoce como banco digital o bien virtual. Es la nueva generación de entidades financieras que son 100% digitales y que iniciaron sus operaciones mediante plataformas como apps o sitios en línea.
—¿Qué implica la Ley Fintech?
Esta regulación, explica María Ignacia Jofré, CEO de Clay y vicepresidenta de FinteChile, es clave para que en el sistema financiero haya mayor competencia, se promueva la innovación, se mejore y aumente la cobertura de servicios financieros y también disminuyan las tarifas. Pero por sobre todo, asegura, implica aumentar la inclusión financiera en el país.
—¿En que beneficia a la población?
“Las personas tendrán acceso a productos financieros en condiciones económicas más competitivas, más ajustadas a sus necesidades gracias a la tecnología y el procesamiento de información. Asimismo a productos financieros más eficientes y simples que en ocasiones serán más seguros”, dice Tomás Pintor, asesor de coordinación de Mercado de Capitales, del Ministerio de Hacienda.
—¿Cómo afecta las Finanzas Abiertas?
“Por medio de esta iniciativa el cliente es el dueño de sus datos y tiene la potestad de compartirlos, de manera segura y bajo estándares regulados, con el servicio financiero que le ofrezca la mejor alternativa. El objetivo es que las personas y empresas puedan recibir una mayor cantidad de información y calidad de productos financieros”, dice Ignacio Pera.
—¿Qué se necesita para invertir o pagar digitalmente?
Para acceder y utilizar estas herramientas se necesita una billetera digital, explica Carolina Veas. Esta es una aplicación que permite guardar, recibir y utilizar las llaves necesarias para poder disponer de las criptomonedas o tokens (ambos activos virtuales) que están en el blockchain. “Estas billeteras se pueden bajar de internet y normalmente se guardan en el celular o en un computador. En algunos casos proveedores de servicios fintech pueden tener y controlar la billetera por ti”, dice.
—¿Cual será el rol del próximo hub tecnológico del regulador?
La Comisión para el Mercado Financiero tendrá un Centro de Innovación Financiera o hub tecnológico, siendo una instancia de diálogo y apoyo desde el sector público al privado permitiendo apoyar a las fintech. “Es relevante ya que muchos modelos de negocios fintech son complejos y contemplan diferentes aristas y herramientas”, precisa Pintor.